Publicado En: Dom, abr 11th, 2021

Tribunal Constitucional declaró que la homosexualidad no puede ser causal de divorcio

El Tribunal Constitucional (TC) declaró como inconstitucional la ley que tipifica la homosexualidad como causal de divorcio culposo, lo que fue celebrado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

Esta causal está establecida en el artículo 54 de la Ley 19.947 sobre Matrimonio Civil y que establece que “el divorcio podrá ser demandado por uno de los cónyuges” en caso de “atentando contra la vida o malos tratos graves”, “abandono”, “transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad”, “condena de crímenes o delitos”, “alcoholismo o drogadicción” y “tentativa para prostituir al otro cónyuges o a los hijos” y “la conducta homosexual”.

Sin embargo, el TC decidió declarar como inconstitucional esta causal -sentencia que actualmente está en etapa de redacción- luego de que el Juzgado de Familia de Coquimbo presentara a dicho tribunal en junio del 2020 un requerimiento de inaplicabilidad.

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